Ley General de Contabilidad Gubernamental CONAC
Información Contable, Presupuestaria y Programática del artículo 51 de la LGCG
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO 2017
Programa Anual de Evaluacion
Prog. Anual de Evaluacion2018 EM Anexo_1_Reporte_Indicadores_FISM2018 Anexo_2_Reporte_Indicadores_FORTAMUN2018Ley General de Contabilidad Gubernamental CONAC
Difusión de la Información FinancieraLEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO 2018
Artículo 64
Los sujetos obligados a que se refiere la presente Ley, con excepción de la clasificada como reservada o confidencial, tienen la obligación de poner a disposición del público y mantener actualizada la información pública en medios electrónicos independientemente de los medios oficiales y aquellos que puedan lograr el conocimiento público.
Artículo 66.
Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente:
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El marco normativo I El marco normativo aplicable al sujeto obligado, incluyendo leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, y otros análogos; -
Estructura orgánica IISu estructura orgánica completa, en un formato que vincule cada área con las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público. Así también, deberá señalar, en su caso, a los prestadores de servicios profesionales; -
Las atribuciones III Las atribuciones, metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos; -
Los indicadores IVLos indicadores que deban establecer relacionados con temas de interés público o trascendencia social conforme a sus funciones, deban establecer; -
Los indicadores VLos indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; -
El directorio VIEl directorio de los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente; o todos ellos, cuando se brinde atención al público; se manejen o apliquen recursos públicos; o se realicen actos de autoridad. Incluirá, al menos, nombre, cargo o nombramiento, nivel del puesto, fecha de alta, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficial. -
Remuneraciones VIILos tabuladores de remuneraciones, que deberán indicar la remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración; -
Gastos de representación VIIILos tabuladores de los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente; -
El número total de las plazas IXEl número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa; -
Servicios profesionales XLas contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación; -
Versión Publica de las declaraciones patrimoniales XILa información en Versión Publica de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello; (De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47 de la ley de responsabilidades de los servidores públicos del estado de Querétaro la correspondiente información es de manejo y uso exclusivo de la secretaria de la contraloría del poder ejecutivo del estado de Querétaro). -
Unidad de Transparencia XIIEl domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener información; -
Las convocatorias XIIILas convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos; (No se ha generado ninguna convocatoria). -
Información de los programas XIVLa información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
a) Área.
b) Denominación del programa.
c) Periodo de vigencia.
d) Diseño, objetivos y alcances.
e) Metas físicas.
f) Población beneficiada estimada.
g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal.
h) Requisitos y procedimientos de acceso.
i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana.
j) Mecanismos de exigibilidad.
k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones.
l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo.
m) Formas de participación social.
n) Articulación con otros programas sociales.
o) Reglas de operación o su equivalente.
p) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas.
q) Padrón de beneficiarios que contendrá: nombre o denominación social de las personas físicas y morales beneficiarias, el monto del recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo.
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Las condiciones generales de trabajo XVLas condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal, así como los recursos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos; -
La información curricular XVILa información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado; así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto; -
Servidores públicos con sanciones XVIIEl listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de la sanción y la disposición; -
Los servicios que ofrecen XVIIILos servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos; -
Los trámites que ofrecen XIXLos trámites que ofrecen, sus requisitos y formatos; -
La información financiera XXLa información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable; -
Deuda pública XXILa información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable; -
Gastos de comunicación social XXIILos montos destinados a gastos de comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña; -
Auditorías XXIIILos informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen; -
Estados financieros XXIVEl resultado de la dictaminación de los estados financieros; la información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable; el informe de la cuenta pública; y la aplicación de los fondos auxiliares especiales; -
Recursos públicos XXVLos montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos; -
Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados XXVILas concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones; -
La información sobre procedimientos de adjudicación directa XXVIILa información sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, debiendo contener, por lo menos, lo siguiente:
a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
1. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo. 2. Los nombres de los participantes o invitados. 3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican. 4. El Área solicitante y la responsable de su ejecución. 5. Las convocatorias e invitaciones emitidas. 6. Los dictámenes y fallo de adjudicación. 7. El contrato y, en su caso, sus anexos. 8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda. 9. La partida presupuestal correspondiente. 10. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva. 11. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración. 12. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados. 13. El convenio de terminación. 14. El finiquito;
b) De las adjudicaciones directas:
1. La propuesta enviada por el participante. 2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo. 3. La autorización del ejercicio de la modalidad. 4. La cotización considerada. 5. El nombre de la persona física o moral adjudicada. 6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución. 7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra. 8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda. 9. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados. 10. El convenio de terminación. 11. El finiquito. -
Los informes XXVIIILos informes que por disposición legal generen los sujetos obligados; -
Las estadísticas XXIXLas estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones; -
Informe de avances programáticos o presupuestales XXXInforme de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero; -
Padrón XXXIPadrón de proveedores y contratistas; -
Los convenios de coordinación XXXIILos convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado; . -
Inventario de bienes XXXIIIEl inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión o propiedad; -
Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos XXXIVLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;. -
Las resoluciones y laudos XXXVLas resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio; -
Los mecanismos de participación ciudadana XXXVILos mecanismos de participación ciudadana; -
Los programas que ofrecen XXXVII.Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos; -
Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia XXXVIIILas actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados; -
Evaluaciones y encuestas XXXIXTodas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos; . -
Los estudios financiados con recursos públicos XLLos estudios financiados con recursos públicos; . -
Listado de jubilados y pensionados XLIEl listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben; -
Los ingresos recibidos por cualquier concepto XLIILos ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos; -
Donaciones XLIIIDonaciones hechas a terceros en dinero o en especie; -
Guía de archivo documental XLIVEl catálogo de disposición y guía de archivo documental; -
Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias XLVLas actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos; (EL MUNICIPIO NO CUENTA CON CONSEJOS CONSULTIVOS). -
El listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones XLVIPara efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente; -
Información que sea de utilidad XLVIICualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
Artículo 67.
Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente:
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Plan Municipal de Desarrollo IEl Plan Estatal de Desarrollo y el Plan Municipal de Desarrollo, según corresponda; -
Presupuesto de egresos IIEl presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados; -
Listado de expropiaciones decretadas IIIEl listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las descripciones superficiales; (NO APLICA AL MUNICIPIO, FACULTAD DEL GOBIERNO ESTATAL). -
Contribuyentes de a quienes se les hubiere cancelado o condonado algún crédito fiscal IVEl nombre, denominación o razón social y número del registro federal de los contribuyentes de a quienes se les hubiere cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales; (NO APLICA AL MUNICIPIO). -
Los nombres de las personas nombradas como notarios públicos, Los indicadores VLos nombres de las personas nombradas como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento del nombramiento y las sanciones que se les hubieran aplicado; (NO APLICA AL MUNICIPIO). -
Los planes de desarrollo urbano VILos planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los cambios de uso de suelo y licencias de construcción otorgadas por los gobiernos municipales; -
Las disposiciones administrativas VIILas disposiciones administrativas que emitan, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia; (NO SE HA GENERADO NINGUNA DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA DE ESTA NATURALEZA). -
El contenido de las gacetas municipales VIIIEl contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los Ayuntamientos; y -
Las actas de sesiones de ayuntamiento IXLas actas de sesiones de ayuntamiento, los controles de asistencia de los integrantes a las sesiones y el sentido de votación de los miembros del ayuntamiento sobre las iniciativas o acuerdos.